Ensu resolución, resolvió que los 660 días reconocidos eran correctos porque los periodos en situación de ERTE no se podían tener en cuenta para el abono
Entiempos de incertidumbre económica, como los que estamos viviendo actualmente, muchas personas se encuentran en la situación de estar en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Esta medida, que busca preservar los puestos de trabajo durante un periodo de crisis, plantea algunas dudas y preocupaciones en relación al Enel artículo «ERTE consume el paro a partir del 1 de octubre» se menciona la posibilidad de que los autónomos puedan acceder al paro a través de un ERTE. Sin embargo, para poder acceder a esta prestación, es necesario seguir un proceso de solicitud que puede resultar confuso para algunos autónomos. Unavez presentada la solicitud ante la Autoridad Laboral, esta dictará la resolución en 10 días hábiles y remitirá el expediente a la Inspección de Trabajo. Transcurrido este plazo sin estimación, se entenderá estimada la prórroga. La resolución estimada prorrogará el expediente hasta el 28 de febrero de 2022. 2.
Enel Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre (art. 8.7) se señala que el beneficio de no consumir paro en las prestaciones por ERTE se mantendrá
Comenta El Tribunal Supremo tendrá la última palabra sobre si el periodo en el que un trabajador ha estado afectado por un ERTE covid sirve también para generar derecho a la prestación por BYCf. 145 229 146 82 11 333 145 135 155

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